EL HISTÓRICO JUICIO FUEGUINO A LAS AUTOMOTRICES LLEVA

jueves, 16 de agosto de 2007

PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA TODOS LOS FUEGUINOS RESIDENTES QUE DESEEN ADQUIRIR UN VEHÍCULO AFECTADO A LA LEY 19.640

Debido a la cantidad de consultas recibidas acerca del criterio a seguir para comprar un vehículo 0km afectado a la ley 19.640 recibiendo el beneficio de exención de la carga fiscal nacional, publicamos a continuación en forma gratuita un modelo de carta documento que el interesado debería enviar al concesionario oficial y el fabricante del vehículo que desee adquirir.
1. Si la respuesta del concesionario es negativa o guarda silencio, se puede: a) Adquirir el vehículo al precio impuesto por el concesionario y luego reclamar judicialmente el exceso pagado, conforme al requerimiento antes efectuado b) No comprar el vehículo e iniciar una demanda judicial contra el fabricante y su representante para obtener la venta del vehículo al precio de lista sin impuestos ni cargas fiscales nacionales, con más los daños y perjuicios causados por la conducta abusiva e ilegal.
2. Si la respuesta es positiva, se deberá consultar nuevamente ANTES de concretar la operación para verificar que el precio de compra sea el de lista informado por el fabricante a la Secretaría de Comercio MENOS la carga fiscal nacional.
Este Este un modelo de carta documento a remitir al FABRICANTE del vehículo:

ME DIRIJO A USTEDES EN MI CARÁCTER DE CONSUMIDOR RESIDENTE EN EL ÁREA ADUANERA ESPECIAL ESTABLECIDA POR LA LEY 19.640, EN LOS TÉRMINOS Y CON EL ALCANCE DE SUS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4 Y 11 O 12, CON LA FINALIDAD DE RECLAMARLES LA VENTA DE UN VEHÍCULO DE VUESTRA MARCA, FABRICACIÓN O IMPORTACIÓN, CONFORME A LOS PRECIOS DE VENTA AL PÚBLICO COMUNICADOS A LA SECRETARIA DE COMERCIO DE LA NACIÓN, NETO Y EXENTO DE LA TOTALIDAD DE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS ADUANEROS NACIONALES QUE GRAVEN DICHO BIEN (ART. 2), MEDIANTE LA EXPORTACIÓN DESDE EL TERRITORIO NACIONAL CONTINENTAL AL ÁREA ADUANERA ESPECIAL DEL VEHÍCULO Y SU DESPACHO A PLAZA CON LAS RESTRICCIONES DE DOMINIO ESTABLECIDAS POR EL ART. 19 INC. 1 DE LA CITADA LEY.

MOTIVA LA PRESENTE SOLICITUD EL HECHO DE QUE VUESTRO CONCESIONARIO OFICIAL EN EL ÁREA ADUANERA ESPECIAL DE TIERRA DEL FUEGO, OFERTA Y VENDE DICHOS VEHÍCULOS A UN PRECIO EQUIVALENTE O SUPERIOR AL OFERTADO Y VENDIDO POR EL RESTO DE VUESTROS CONCESIONARIOS OFICIALES EN EL TERRITORIO NACIONAL CONTINENTAL, NEGÁNDOSE ÉSTOS ASIMISMO A VENDERLOS EN LAS CONDICIONES DE EXENCIÓN TRIBUTARIA Y ADUANERA OTORGADAS A LOS RESIDENTES EN LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, DEJANDO CONSTANCIA DE QUE LOS CONSUMIDORES FINALES ALLI RADICADOS CARECEN DE LA POSIBILIDAD REAL DE ADQUIRIR VUESTROS VEHÍCULOS DIRECTAMENTE A USTEDES O A OTRO DE VUESTROS CONCESIONARIOS OFICIALES FACTURADO CON LAS EXENCIONES FISCALES DE LA LEY 19.640.

ANTE LA FALTA DE RESPUESTA O RECHAZO DEL PRESENTE REQUERIMIENTO DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS DE RECIBIDO, PROCEDERÉ A RADICAR LA DENUNCIA PERTINENTE A LA COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA POR PRÁCTICA CONCERTADA DE FIJACIÓN DE PRECIOS, Y AUTORIDAD DE APLICACIÓN LOCAL DE LA LEY DE DEFENSA DEL COMSUMIDOR; Y A PROMOVER LAS ACCIONES JUDICIALES CORRESPONDIENTES EN RAZON DE LAS CONDUCTAS SEÑALADAS, REALIZADAS EN FORMA DESVENTAJOSA PARA EL SUSCRIPTO, CON APROVECHAMIENTO DE LA SITUACIÓN DE POSICIÓN DOMINANTE, DESEQUILIBRIO SUBJETIVO DE LAS PARTES, Y CONDICIONES Y CLÁUSULAS PREDISPUESTAS, LO QUE PRODUCE UNA INJUSTIFICADA E ILEGAL DESPROPORCIÓN DE LAS PRESTACIONES POR EL MISMO BIEN, Y LA CONSECUENTE APROPIACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE TAL BENEFICIO.

QUEDAN USTEDES DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

Este es un modelo de carta documento que puede ser remitida al CONCESIONARIO OFICIAL del vehículo que se desee adquirir:


ME DIRIJO A USTEDES EN MI CARÁCTER DE CONSUMIDOR RESIDENTE EN EL ÁREA ADUANERA ESPECIAL ESTABLECIDA POR LA LEY 19.640, EN LOS TÉRMINOS Y CON EL ALCANCE DE SUS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4 Y 11 O 12, CON LA FINALIDAD DE RECLAMARLES LA VENTA DE UN VEHÍCULO DE LA MARCA COLOCAR MARCA Y MODELO CUYA INTERMEDIACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN REALIZAN POR CUENTA Y ORDEN DE (COLOCAR EL NOMBRE DEL FABRICANTE O IMPORTADOR) CONFORME A LOS PRECIOS DE VENTA AL PÚBLICO COMUNICADOS A LA SECRETARIA DE COMERCIO DE LA NACIÓN, NETO Y EXENTO DE LA TOTALIDAD DE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS ADUANEROS NACIONALES QUE GRAVEN DICHO BIEN (ART. 2), MEDIANTE LA EXPORTACIÓN DESDE EL TERRITORIO NACIONAL CONTINENTAL AL ÁREA ADUANERA ESPECIAL DEL VEHÍCULO Y SU DESPACHO A PLAZA CON LAS RESTRICCIONES DE DOMINIO ESTABLECIDAS POR EL ART. 19 INC. 1 DE LA CITADA LEY.
LA PRESENTE RECLAMACIÓN RADICA EN LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EN MI CARÁCTER DE CONSUMIDOR RESIDENTE EN TIERRA DEL FUEGO CAREZCO DE LA POSIBILIDAD REAL DE ADQUIRIR VEHÍCULOS DIRECTAMENTE AL FABRICANTE U OTRO CONCESIONARIO OFICIAL FACTURADO CON LAS EXENCIONES FISCALES DE LA LEY 19.640, TANTO RESPECTO DE ESA MARCA COMO DE CUALQUIER OTRA COMERCIALIZADA EN TIERRA DEL FUEGO.

ANTE LA FALTA DE RESPUESTA O RECHAZO DEL PRESENTE REQUERIMIENTO DENTRO DE LOS TRES DÍAS DE RECIBIDO, PROCEDERÉ A RADICAR LA DENUNCIA PERTINENTE A LA COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA POR PRÁCTICA CONCERTADA DE FIJACIÓN DE PRECIOS, Y AUTORIDAD DE APLICACIÓN LOCAL DE LA LEY DE DEFENSA DEL COMSUMIDOR; Y A PROMOVER LAS ACCIONES JUDICIALES CORRESPONDIENTES EN RAZON DE LAS CONDUCTAS SEÑALADAS, REALIZADAS EN FORMA DESVENTAJOSA PARA EL SUSCRIPTO, CON APROVECHAMIENTO DE LA SITUACIÓN DE POSICIÓN DOMINANTE, DESEQUILIBRIO SUBJETIVO DE LAS PARTES, Y CONDICIONES Y CLÁUSULAS PREDISPUESTAS, LO QUE PRODUCE UNA INJUSTIFICADA E ILEGAL DESPROPORCIÓN DE LAS PRESTACIONES POR EL MISMO BIEN, Y LA CONSECUENTE APROPIACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE TAL BENEFICIO.

QUEDAN USTEDES DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

3 comentarios:

  1. EN EL CASO DE LOS PLANES QUE PASA??? GRACIAS

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  2. EN LE CASO DE PLANES, TENGO UN AUTO QUE EN LA CUOTA TE COBRAN IVA? ES CORRECTO?GRACIAS.

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