EL HISTÓRICO JUICIO FUEGUINO A LAS AUTOMOTRICES LLEVA

lunes, 22 de junio de 2026

PARA NUESTROS CLIENTES.


 

 

 

 

 

 

 

 
 
 
 
 


 

HISTORICA SENTENCIA EN EL MEGA JUICIO CONTRA LAS AUTOMOTRICES EN TIERRA DEL FUEGO.

 

¡HISTÓRICO! 🚗💨 ¿COMPRASTE UN AUTO EN LA ISLA? LA JUSTICIA DIJO QUE TE COBRARON DE MÁS Y AHORA TIENEN QUE DEVOLVERTE LA PLATA (¡Y EL DOBLE!)

 

 SE HA DICTADO SENTENCIA EN EL HISTORICO MEGA JUICIO DE LOS AUTOS EN TIERRA DEL FUEGO.

LA DRA. MARIEL BORRUTO, JUEZ FEDERAL DE RIO GRANDE, LUEGO DE UN PROCESO QUE LLEVA MAS DE 10 AÑOS, DENTRO DEL PLAZO QUE LA LEY ESTABLECE, DICTÓ UNA SENTENCIA HISTÓRICA Y UN PRECEDENTE ÚNICO NACIONAL E INTERNACIONAL EN FAVOR DE LOS CONSUMIDORES CUANDO LAS GRANDES SOCIEDADES GLOBALES USAR SU PODER DE MERCADO PARA APROPIARSE DE LOS BENEFICIOS FISCALES QUE LOS ESTADOS NACIONALES ESTABLECIERON PARA ESTIMULAR Y FAVORECER EL POBLAMIENTO Y LA RADICACIÓN DE CIUDADANOS EN ZONAS AISLADAS COMO EL AREA ADUANERA ESPECIAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO.

AQUI SE PUEDE LEER Y DESCARGAR LA SENTENCIA:


SENTENCIA JUEZ FEDERAL DRA. BORRUTO   

 

Seguro alguna vez te pasó: vas a comprar un auto a Buenos Aires y sale lo mismo que en Tierra del Fuego. ¿Cómo puede ser, si acá no pagamos impuestos? Bueno, no eras vos, era una avivada de las fábricas. 😤

Un juzgado acaba de dictar una sentencia que cambia todo para los fueguinos. Acá te cuento de qué se trata este "golpazo" a las automotrices y cómo te beneficia a vos. 👇

🛑 LA GRAN ESTAFA DEL "PRECIO IGUAL"

La Ley 19.640 nació para que vivir en el "fin del mundo" sea más barato y para que la zona crezca. Por eso, el Estado decidió no cobrarles impuestos a las fábricas para que ellas nos bajen el precio a nosotros.

¿Qué hicieron empresas como Volkswagen, Toyota, Ford y Fiat? Se "olvidaron" de pasarnos ese descuento. En los papeles figuraba que no cobraban IVA, pero el precio base lo subían tanto que terminábamos pagando lo mismo que en el continente. ¡Se quedaban con el beneficio que era para tu bolsillo!.

💰 EL BOTÍN: ¿QUÉ TE TIENEN QUE DEVOLVER?

Si compraste un auto 0km en Tierra del Fuego desde el 2 de enero de 2005 en adelante, sos parte de los ganadores.

  1. Te devuelven la diferencia: Todo lo que pagaste de más (IVA, aranceles de importación "fantasmas" y otros impuestos que no debían cobrarte) vuelve a vos.

  2. Intereses al día: No te devuelven "pesos viejos". La plata se actualiza con la tasa del Banco Nación desde el día que compraste el auto hasta hoy.

  3. ¡Premio doble! (Daño Punitivo): Como el juez consideró que las empresas actuaron con "desprecio" hacia nosotros, les puso una multa extra: tienen que pagarte el 100% más de lo que te deben. Básicamente, tu indemnización se duplica.

🏔️ ¿POR QUÉ ESTO CAMBIA LA VIDA EN LA ISLA?

Esta sentencia no es solo plata para los que ya compraron, es una victoria para todo Tierra del Fuego:

  • Autos más baratos a futuro: El juez les ordenó a las empresas que, de ahora en más, los precios en la isla TIENEN que reflejar las exenciones de la ley. Se terminó el "arancel fantasma".

  • Respeto a nuestra Ley: Se reafirma que la Ley 19.640 no es un regalo para que las empresas ganen más plata, sino un derecho de la gente que vive acá para compensar las distancias y el clima.

  • Justicia gratuita: Los casi 7.000 vecinos que se animaron a demandar no tienen que pagar ni un peso de gastos judiciales, porque el juez defendió su derecho como consumidores vulnerables.

     

En resumen: Se acabó el tiempo en que las terminales usaban nuestro régimen especial para inflar sus ganancias corporativas. ¡Hoy ganamos los fueguinos! 🏔️🇦🇷

 

AHORA SEGURAMENTE LAS AUTOMOTRICES HARÁN LO IMPOSIBLE PARA INTENTAR REVOCAR O NUESTRALIZAR ESTA JUSTA SENTENCIA, LEJOS DE RECONOCER SU ERROR Y MODIFICAR SU CONDUCTAS.

 

OBLIGARAN A LOS FUEGUINOS A TRANSITAR POR LA CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA Y LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA INTENTANDO DILUIR LOS EFECTOS DE LA EJEMPLAR SENTENCIA DICTADA.

 

PERO MAS ALLA DEL PODER ECONOMICO Y EL PATROCINIO DE LOS ESTUDIOS CORPORATIVOS MAS GRANDES DE LA ARGENTINA Y LOS DE SUS CASAS MATRICES EN EL EXTERIOR, ESTRE JUICIO Y ESTA SENTENCIA QUEDARÁ EN LA HISTORIA ARGENTINA Y DEL PUEBLO DE TIERRA DEL FUEGO, Y NADIE PODRÁ DESCONOCER QUE ES IMPOSIBLE TAPAR EL SOL CON LAS MANOS.

 

LA LEY 19640 ES PARA LOS CONSUMIDORES FUEGUINOS, NO PARA QUE LAS EMPRESAS SE APROPIEN DE SUS BENEFICIOS FISCALES A COSTA DE ELLOS Y EL RESTO DE LOS ARGENTINOS.  



viernes, 8 de mayo de 2026

PORQUE LOS PRECIOS DE LOS VEHÍCULOS EN EL AAE DE TIERRA DEL FUEGO SON SIMILARES AL RESTO DEL PAIS


 

  

ALEGATOS

  

ALEGATOS PUBLICADOS.

EL 04/05/26 SE HAN PUBLICADO LOS ALEGATOS PRESENTADOS OPORTUNAMENTE POR LAS PARTES.

PUBLICAMOS AQUÍ EL REDACTADO POR EL DR. RAUCH EN REPRESENTACIÓN DE LOS 7.000 FUEGUINOS DEMANDANTES.


TAMBIEN PUBLICAMOS LOS ESCRITOS REDACTADOS POR LOS ABOGADOS DE LAS 8 AUTOMOTRICES DEMANDADAS.

 

1) ALEGATO DE LOS FUEGUINOS:

Casi siete mil ciudadanos argentinos radicados en la provincia más austral de la Argentina y Sudamerica. 


 

2) ALEGATO DE GENERAL MOTORS:

General Motors de Argentina es una subsidiaria del grupo automovilístico General Motors, ubicada en la República Argentina. Es el segundo productor de General Motors en Sudamérica, por detrás de General Motors do Brasil.

 

 

 

 

3) ALEGATO DE TOYOTA:

Toyota sigue siendo el líder mundial en número de ventas 

 

  

 4. ALEGATO Fiat Chrysler Automobiles (FCA) (octavo fabricante de automóviles del mundo)

DEL GRUPO STELLANTIS 


 

 

 

5. ALEGATO Volkswagen

Volkswagen es la marca original y más vendida del Grupo Volkswagen, séptimo fabricante de autos en el mundo.

 

 

 

6. ALEGATO FORD 

Ford Motor Company (más conocida simplemente como Ford) es un fabricante de automóviles con sede central en Dearborn (Míchigan), Estados Unidos. es el segundo mayor fabricante de automóviles con sede en Estados Unidos (precedido por General Motors) y el quinto más grande en el mundo. 

 

 

7. ALEGATO PEUGEOT Y CITROEN

Stellantis N.V. es un grupo de empresas multinacional de la industria automotriz con sede en Ámsterdam, Países Bajos.[1][2] Constituido el 16 de enero de 2021, es resultado de una fusión de acciones entre iguales de los grupos ítalo-estadounidense Fiat Chrysler Automobiles y el francés Groupe PSA.[3] El 18 de enero de 2021,[4] este nuevo gran grupo dio comienzo a su cotización en las bolsas de valores de Milán y París y, a partir del 19 de enero de 2021,[5] también en la de Nueva York.[6  

 

 

 8. HONDA

 Honda Motor Co., Ltd. es una empresa de capital abierto de origen japonés fabricante de automóviles, motores para vehículos terrestres, acuáticos y aéreos, motocicletas, robots y demás refacciones para la industria automotriz. 

 

 

  

jueves, 7 de mayo de 2026

Beneficios para el Pueblo Fueguino o para las automotrices globales?

 

El Secreto detrás del Precio de los Autos en Tierra del Fuego: ¿Un Beneficio para el Pueblo o un Negocio para las Fábricas?

 

Vivir en Tierra del Fuego no es una elección de lujo, sino un ejercicio de soberanía en condiciones geográficas extremas. Para el habitante de la isla, el automóvil no es un símbolo de estatus, sino un bien de consumo de primera necesidad, justificado por una oferta de transporte público y privado pauperizada que convierte a la movilidad individual en la única vía de integración real. Bajo esta premisa, la Ley 19.640 nació como una herramienta de justicia económica, diseñada para abaratar la vida en el archipiélago mediante exenciones impositivas masivas. Sin embargo, lo que debió ser un alivio para el bolsillo del ciudadano terminó convirtiéndose en una renta extraordinaria para las terminales automotrices.

Casi 7.000 fueguinos se cansaron de sospechar y pasaron a la acción, revelando una maniobra corporativa sistémica que operó en las sombras durante décadas. Mientras el Estado nacional resignaba recaudación en pos del desarrollo social de la isla, las empresas "interceptaron" esos beneficios en el camino. El resultado es una paradoja indignante: los habitantes del Área Aduanera Especial (AAE) terminaron pagando precios finales asombrosamente similares a los del continente, entregando a las fábricas el dinero que, por ley, debía permanecer en sus propias economías familiares.

El Truco de la "Paridad B2B": Precios Iguales donde deberían ser Menores

El corazón de este despojo se oculta en la formación de precios Business to Business (B2B). En lugar de trasladar las exenciones de IVA e impuestos internos al consumidor, las terminales aplicaron una política de "lista única". Esto significa que facturaron a las concesionarias de Tierra del Fuego precios netos idénticos a los del resto del país, capturando para sí el diferencial que la ley otorgaba al comprador.

Para las corporaciones, esto representó lo que en los expedientes judiciales se califica como una "exportación ficticia". Las empresas trataron estas operaciones como ventas al extranjero para cobrar reintegros y recuperar créditos fiscales ante la ARCA, pero al fijar el precio al concesionario local, actuaron como si el vehículo nunca hubiera salido de la General Paz. Esta identidad de precios anula de un plumazo el beneficio soberano, transformando un instrumento de orden público en un sobremargen de utilidad corporativa. Como bien señalaba Francisco de Quevedo en la frase que encabeza este reclamo:

"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón".

Aranceles "Fantasma": Cobrando Impuestos que no Existen

La maniobra alcanza niveles de audacia técnica asombrosos en el segmento de vehículos Extra-Mercosur. Modelos de alta gama o importados que en el continente cargan con un arancel de importación del 35%, gozan de un arancel del 0% al ingresar al Área Aduanera Especial. Sin embargo, empresas como Volkswagen o Renault-Nissan diseñaron una "internalización de sobreprecios" en la que el consumidor fueguino terminó pagando ese 35% de todas formas.

En el caso de VW, la empresa admitió haber pagado o garantizado los aranceles en el continente, pero su pecado —y el daño al consumidor— radica en que, en lugar de utilizar la exención legal para bajar el costo en la isla, decidió trasladar ese impuesto "innecesario" al comprador isleño. Fue, en la práctica, el cobro de un impuesto privado: el cliente entregó a la terminal una suma equivalente a un tributo del que estaba exento, solo para que la empresa protegiera sus márgenes de ganancia. Un beneficio público confiscado para el balance privado.

La Asimetría Informativa: Por qué el Daño era "Indescifrable"

Las automotrices han intentado defenderse alegando que los reclamos han prescripto, sugiriendo que el consumidor debió notar el daño al ver su factura. Esta defensa es cínica: ignora la brutal asimetría informativa entre una multinacional y un ciudadano. Un comprador promedio no es un perito contable ni un analista de costos marginales; al ver una factura "E" sin IVA, no tiene forma de saber si el precio base ha sido inflado para absorber el beneficio.

Fue necesaria una investigación técnica de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) para desentrañar este ardid. El daño era indescifrable detrás de la ingeniería financiera corporativa. Ante esta complejidad, los tribunales deben aplicar el principio In Dubio Pro Consumidor: en la duda, la protección es para el usuario. No se puede castigar a la víctima por no haber descubierto una estafa diseñada específicamente para ser invisible.

El Mito de la Factura Perdida vs. la Era Digital

En un intento por fragmentar la demanda colectiva, las terminales exigieron que cada uno de los miles de damnificados presentara su factura física de compra de hace diez o quince años. Este es un escudo formalista patético en la era de la trazabilidad absoluta. Mientras las empresas alegan que no conservan registros, el sistema legal argentino cuenta con el legajo digitalizado de la DNRPA, donde cada número de chasis (VIN) y patente vincula de forma irrefutable al consumidor con el vehículo.

Bajo la teoría de la Carga Dinámica de la Prueba, es la terminal —quien posee el monopolio de la información técnica y fiscal— la que debe colaborar con la justicia, no poner obstáculos burocráticos. Negar la relación de consumo cuando se tiene acceso al registro digital de cada unidad vendida es una conducta que roza la malicia procesal y desafía el deber de colaboración del proveedor.

La Renta Extraordinaria en Números: Un Negocio Redondo

La magnitud de la apropiación no es una estimación al azar, sino una arquitectura de despojo acumulativo que combina cinco factores: el recupero de créditos fiscales de IVA (13,65%), el reintegro industrial por exportación (6,5%), los beneficios de liquidez financiera, la retención de impuestos internos y la captura de aranceles. Al sumar estas capas, la renta confiscada alcanza cifras escandalosas:

  • En modelos de alta gama como los de Audi o Seat, la captura de beneficios llega al pico del 79,5%.
  • En pick-ups nacionales como la Toyota Hilux o la SW4, símbolos del trabajo isleño, la apropiación asciende al 39,5%.
  • Incluso en modelos base o familiares como el VW Amarok, el Renault Clio o el Ford Fiesta, la retención mínima se ubica sistemáticamente entre el 33% y el 35%.

Esta práctica transformó un régimen de fomento territorial en una fuente de financiamiento a tasa cero para las corporaciones, utilizando capital que legalmente pertenecía a los ciudadanos de Tierra del Fuego.

Conclusión: Hacia una Verdad Material y un Consumo Justo

Este caso no es solo una disputa por el precio de un auto; es una batalla por la verdad material y el respeto al orden público. Las leyes de fomento económico son para los ciudadanos, no para engrosar los márgenes de utilidad de las terminales mediante mecanismos opacos de fijación de precios. La justicia argentina tiene ante sí la oportunidad histórica de dejar claro que ningún acuerdo privado, por más complejo que sea, puede interceptar un beneficio otorgado por el Estado para compensar las asimetrías de la vida en el sur.

El futuro del derecho del consumidor se juega en esta capacidad de ver detrás de la cortina corporativa. Si estas grandes empresas pudieron montar este esquema con un bien tan regulado como el automóvil, cabe preguntarse: ¿qué otros beneficios fiscales destinados a aliviar su costo de vida están siendo hoy mismo "confiscados" por corporaciones sin que usted pueda siquiera sospecharlo?



 

martes, 17 de marzo de 2026

LOS FUEGUINOS PRESENTARON SUS ALEGATOS FINALES Y LAS AUTOMOTRICES TAMBIÉN.

LA JUEZ FEDERAL MARIEL BORRUTO DICTARÁ LA SENTENCIA ESTE AÑO.

RESUMEN DE LO TRABAJADO EN 10 AÑOS

 



 

 

 

 

martes, 17 de febrero de 2026

 


 A 10 AÑOS DE INICIADA LA HISTÓRICA DEMANDA DE LOS FUEGUINOS CONTRA LAS AUTOMOTRICES SE CERRARON LOS 10 CUADERNOS DE PRUEBA.
EL JUZGADO OTORGÓ HASTA EL 9 DE MARZO DE 2026 PARA QUE LOS FUEGUINOS Y LAS OCHO AUTOMOTRICES DEMANDADAS FORMULEN -SI LO DESEAN- SUS ALEGATOS SOBRE EL MÉRITO DE LA PRUEBA. LOS DEMANDANTES SOLICITARON QUE SUS FACTURAS DE COMPRA -COMO PRUEBA APORTADA- ESTÉN DISPONIBLES PARA ALEGAR.
 
HABRÁ SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUZGADO FEDERAL DE RÍO GRANDE ESTE AÑO.
 
El 03 de Febrero de 2026 se resolvió:
  
 
El plazo vence para todas las partes el 9 de Marzo de 2026.
 
La clase demandante ha solicitado el acceso para su consulta de las 6.983 facturas comerciales, títulos de propiedad y/o cédulas verdes aportadas como prueba con la demanda por cada uno de los adquirentes de vehículos de las demandadas que deben encontrarse reservados en Secretaria. Estos comprobantes, junto con las extensas pericias económicas, fiscales, financieras y contables existentes en los 64 cuerpos del expediente de investigación de la Secretaria de Comercio de la Nación por medio de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, constituyen la prueba esencial y necesaria que aportaron los adquirentes de los vehículos de las demandadas.
 
Las facturas fueron entregadas al Juzgado provincial, luego este las remitió a la Corte Suprema de Justicia junto con el expediente a su requerimiento, y finalmente la Corte las remitió al Juzgado Federal de Río Grande.   
 
Debido a su voluminosidad, la documental aportada por los demandantes no fue digitalizada e incorporada al expediente digital, por lo que resulta indispensable su acceso físico para alegar.
 
Sin perjuicio de ello, el Estudio está analizando la prueba pericial y testimonial producida por las demandadas, para merituarla en orden a los términos de la demanda y sus contestaciones, en tiempo y forma.
 
Finalmente, estimamos que no más allá del del primer semestre de este año, se dictará sentencia sobre este histórico juicio, el de mayor envergadura de la historia judicial argentina, tanto por el número de ciudadanos como por el tamaño, poder e influencia de las automotrices globales demandadas.
 




 
 
 

 
 
 
 
 
 
 
 

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