EL HISTÓRICO JUICIO FUEGUINO A LAS AUTOMOTRICES LLEVA

miércoles, 12 de septiembre de 2018

SE RECHAZARON LOS PEDIDOS DE LAS AUTOMOTRICES.



FUERON RECHAZADAS LAS EXCEPCIONES DE LAS AUTOMOTRICES.


La Justicia Federal y la Provincial rechazaron los planteos de las automotrices demandadas por 7.000 fueguinos.

Ford Motors S.A. acudió al Juez Federal subrogante de Río Grande, Dr. Calvete y solicitó que se declare competente y le solicite al Juez Provincial Dr. Broccardo, que le remita la acción colectiva promovida por los fueguinos.

Tanto el Fiscal como el Juez Federal entendieron que el pedido resulta improcedente. Ford apeló esta decisión a la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, la misma que tiempo atrás le había revocado una millonaria multa impuesta por el Estado Nacional a través de La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

Sin embargo, la Cámara Federal, compartiendo el dictámen del Ministerio Público Fiscal, en un extenso fallo, resolvió confirmar la sentencia del Juez Federal de Río Grande, no haciendo lugar a la pretensión de Ford.

Por su parte Wolkwagen, Toyota, Peugeot Citroen, Renault y General Motors (Chevrolet) también pidieron lo mismo, pero al Tribunal provincial.

El Juez Broccardo resolvió de indéntica forma que sus colegas federales, rechazando la pretensión de que enviara el juicio al fuero federal de excepción.


Por su parte, General Motors planteó que los fueguinos no pueden demandarla en la provincia, pues existe una causa federal entre ella y el Estado Nacional (la imposición de la multa estatal) donde el reclamo sería el mismo en el que fundan el juicio colectivo.

Este planteamiento también fue desestimado por el Juez Broccardo, quien, citando a la Corte Suprema, sostuvo que se trata de cuestiones completamente diferentes, más allá del valor de las pruebas actuariales realizadas por la Comisión Nacional de Defensa de la Comeptencia en el caso.

Ademas, las demandadas plantearon que los fueguinos decidieron reclamar muy tarde el precio abusivo que les cobraron, y por ello su derecho se hallaría prescripto, afirmando que la investigación que realizó la Comisión Nacional de la Competencia a raíz de un reclamos de éstos en 2007, no les impedía plantear una demanda judicial.

También plantearon que los fueguinos carecen del derecho de agruparse y reclamar en conjunto para defender sus derechos frente a las automotrices, y que deben hacerlo de manera individual, corriendo cada uno con los costos de enfrentarse individualmente a ellas.

Estas dos últimas cuestiones fueron diferidas por Tribunal, y serán resueltas conjuntamente con el dictado de la sentencia. 

En definitiva, estas decisiones permitirán que el juicio sea realizado y juzgado por jueces fueguinos.





Ahora resta esperar a que la decisión del Juzgado quede firme para fijar fecha de realización de la AUDIENCIA ORAL.

Se trata de una convocatoria a las partes y sus letrados, de carácter pública, (es decir que cualquier fueguino adherente a la demanda puede concurrir a presenciarla, sujeto a la capacidad de la sala), donde el Juez Broccardo, conforme lo dispone la ley:

1) Consultará a las partes si existe interés de llegar a una solución conciliatoria negociada entre ellas, y en caso negativo, fijar definitivamente el objeto del juicio.

2) Decidirá acerca de las pruebas ofrecidas por las partes, disponiendo cuales de ellas a su juicio resultan apropiadas, conducentes y útiles para el dictado de la sentencia. Estas decisiones son inapelables, salvo caso de arbitrariedad o apartamiento manifiesto de la ley.

En cuanto se fije la fecha, hora y lugar de esta importante audiencia, la publicaremos aquí para que todos aquellos interesados en presenciarla pueden concurrir.





  

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